Conseguimos la devolución por Gastos Hipotecarios en compraventa con subrogación y novación

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El banco tendrá que abonar además las costas del proceso junto con los intereses legales (de carácter indemnizatorio para el cliente).

gastos hipotecarios marzo 2019El pasado lunes 4 de marzo conseguimos el más difícil todavía: condena en costas para la entidad –Ibercaja— y la devolución total para nuestros defendidos en su reclamación por Gastos Hipotecarios en una compraventa con subrogación (y novación).

En efecto, los demandantes suscribieron su hipoteca en el año 2010. En la misma, concretamente en la cláusula quinta, les habían incorporado la famosa cláusula de gastos hipotecarios (que llevan todos los contratos), en virtud de la cual, por imposición del banco, tenían que sufragar todos los costes asociados a la operación.

La Sentencia recalca, entre otros, que crear un desequilibrio tan enorme en contra del consumidor no se hubiera producido si la cláusula en cuestión se hubiera negociado. Además, una cláusula que traslada los gastos de hipoteca al consumidor es abusiva:

“La abusividad de la cláusula resulta palmaria, en la medida en que implica la repercusión en el consumidor, sin distinción alguna, del pago de todos los gastos y de todos los tributos de la operación convenida con el banco, incluidos aquellos que por su naturaleza pudieran ser de cargo del empresario o de los que éste fuese sujeto pasivo”.

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¿Por qué es abusiva la cláusula de gastos hipotecarios?

Según reza la sentencia:

  • No se dio opción al cliente para decidir sobre la cuestión relativa a los gastos dado que le fueron impuestos.
  • Que la cláusula en que se imponían todos los gastos provenía de una minuta redactada unilateralmente por la entidad bancaria, no se podía cambiar y era impuesta al cliente ya que no admitía negociación alguna.
  • Si no se aceptaba por parte de los clientes el contenido de la cláusula relativa a los gastos, no se les concedía el préstamo con garantía hipotecaria.

Conclusión

la Cláusula relativa a los gastos hipotecarios es una cláusula impuesta, redactada de forma unilateral y que no admite negociación alguna, beneficiando a la entidad bancaria. Esto es, a todas luces, abusivo, puesto que se basa en el principio de que “quién da el dinero impone las condiciones”.

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