Recomendaciones relativas a la ampliación de capital

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Durante las últimas semanas se ha estado hablando, tanto en la prensa económica como deportiva, del proceso de ampliación de capital del Club Atlético de Madrid; concretamente, la ampliación ha sido de un 20% de su capital social. También es conocido que dicha ampliación se realizó con el propósito de propiciar la entrada del magnate chino Wang Jianlin —“el hombre más rico de china” según la revista Forbes— en el accionariado del equipo colchonero.

Obviamente, nadie oculta que la entrada de nuevos recursos financieros puede ser el inicio de una etapa de mayor prosperidad y salud empresarial, pero también puede constituir el primer hito que sitúe a la empresa en una línea de deterioro progresivo de su rentabilidad. Es por ello necesario que esta decisión sea fruto de una ponderada reflexión de hechos y expectativas económicas que la hagan justificable. Por tanto, parece conveniente meditar sobre algunos factores que pasamos a detallar a continuación:

· El precio de emisión*: la fijación de este parámetro ha de estudiarse cuidadosamente en función de variables básicas para la empresa (expectativas de negocio, tendencia de mercado, destino que se dará a los fondos generados por la ampliación, evolución de la rentabilidad, etc.). Si el precio de emisión es:

Alto: la empresa tendrá mayores ingresos pero puede inducir a algunos accionistas a no  

suscribir la ampliación de capital, vender sus derechos e iniciar una etapa de reducción de

su cuota de participación en la sociedad.

Bajo: La empresa tendrá menores ingresos, pero mayor será el valor de los derechos de

suscripción.

Superior al valor del mercado de las acciones antiguas: es probable que nadie suscriba los

nuevos títulos, dado que les bastaría comprar las viejas en el mercado secundario.

· El tipo de distribución del capital entre los socios: en sociedades con títulos repartidos entre muy pocos accionistas (caso del Club Atlético de Madrid, donde sólo tres personas —Miguel Ángel Gil Marín, Enrique Cerezo, y el mencionado  Wang Jianlin— poseen más del 90% de los títulos), las cotizaciones evolucionan de forma muy diferente a las de aquellas sociedades en las que existe un verdadero accionariado minifundista (caso, por ejemplo, de Telefónica, con unas estimaciones en torno al millón y medio de accionistas directos).

· La proporción existente entre acciones antiguas y nuevas: si la ampliación es 1 por 1, indica que la empresa va a duplicar su capital social. Si fuera 1 por 10, la ampliación es del 10% del capital anterior. Tienen que existir proyectos y expectativas ambiciosas para que los accionistas suscriban una ampliación que suponga una aportación superior al 10% del capital antiguo.

· El tipo de intermediario financiero que se utiliza:  si se hace a través de una entidad solvente que el accionista interpreta como un apoyo implícito a la operación, su actitud será diferente a aquella en que la empresa lo solicita sin el concurso de agente. No obstante, el accionista va también sensibilizándose de que el papel del intermediario es sólo mediar entre las partes y cobrar su comisión, sin que, en rigor, de dicho papel quepa interpretar que existe un apoyo a la ampliación.

· Finalmente, la proporción comercial y publicitaria de la operación, sobre todo, si se utilizan canales de gran eficacia (prensa diaria, televisión, etc.) que generen un gran impacto en el inversor.

* En cualquier caso, es imperativo realizar siempre una ponderación en el precio de emisión para que sea próximo al valor de mercado de los títulos antiguos, estando sensiblemente por debajo del mismo, para que permita la debida maniobra en caso de una desfavorable evolución del mercado.

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