¿Cómo funciona nuestra Agrupación de Inversores?
La inversión mínima por partícipe se inicia a partir de 17.000 euros. Una vez constituida la sociedad, ésta adquiere un número determinado de viviendas en función de su capacidad inversora: 3 viviendas para las inversiones de 17.000 euros (requiere agruparse con otros 2 socios), y 2 viviendas para las inversiones de 25.000 (requiere agruparse con 1 socio) y 100.000 euros (no requiere agruparse con ningún socio).
Este patrimonio dará beneficios a partir del primer mes de puesta en alquiler –seguro– de los inmuebles, con la asesoría y gestión integral de nuestro departamento legal, fiscal y económico, obteniendo la máxima escalabilidad que permita el mercado, sin abandonar en ningún momento la seguridad de la inversión.
De esta forma, comprando viviendas a buenos precios y aprovechando las economías de escala que nos permite la agrupación, podremos conseguir no sólo aumentar el patrimonio inmobiliario del inversor, sino también obtener la máxima rentabilidad con la mínima inversión: desde el 5%, en el caso de invertir 17.000 euros (el patrimonio inmobiliario se triplica), del 7,65%, en el caso de optar por 25.000 (el patrimonio inmobiliario se duplica), o del 8,15% si se escoge la opción de 100.000 euros (se adquieren dos inmuebles, aunque el patrimonio inmobiliario permanecerá constante en este último caso).
Además de estos beneficios, el partícipe o socio tendrá una ventaja adicional: la revalorización experimentada por los inmuebles, lo cual le permitirá vender la propiedad por un precio muy superior al que la compró.
¿Qué es la agrupación de inversores?
La agrupación de inversores para la compra de viviendas o, sencillamente, la inversión en vivienda, es una nueva modalidad de adquisición de inmuebles. Consiste en la compra de una o varias viviendas por parte de una agrupación de inversores, adjudicándose a cada uno una cuota de participación (en función del capital invertido). No obstante, en Yvancos Abogados hemos desarrollado nuestro propio método, optimizado para asegurar que cada inversor tenga al final del periodo el pleno dominio (la completa propiedad) de al menos una vivienda.
Nuestra estructura, basada en la creación para nuestros clientes de una S.L. individual o compartida, nos permite adquirir las viviendas y ponerlas en alquiler de forma ágil y sin riesgo para el partícipe.
¿Qué sucede con las viviendas adquiridas?
Los inmuebles estarán a nombre de la sociedad hasta que el partícipe decida desvincularse de la misma, pudiendo retirar el patrimonio inmobiliario que haya acumulado hasta ese momento.